La creciente acogida de la subcultura otaku entre los occidentales en los últimos años ha obligado a muchos a reconsiderar no sólo el grado de diversidad del catálogo de ofertas de entretenimiento actualmente disponibles en el mercado europeo, sino, además, las implicaciones de la normalización de un tipo de ocio contrario a la moral vigente en nuestras sociedades.
Tal sería el caso del rorikon, que, en vistas de su relación de causalidad directa sobre la objetivización de las lolita como resultado de décadas de impunidad, plantea serios problemas desde un punto de vista legal, económico, y cultural.
Para comenzar, nos consta que parte de la literatura disponible responsabiliza al sistema patriarcal del surgimiento de la estética referida; se entiende que sería precisamente resultado de la resistencia ejercida por las adolescentes contra las restricciones y expectativas impuestas socialmente (como, por ejemplo, la imperativa adopción del rol de eternas cuidadoras, ya sea con respecto a sus futuros maridos, sus hijos, suegros, o padres), además del rechazo a la sexualidad y el deseo adultos.
Esto último queda de manifiesto en la recuperación simbólica de la inocencia a través de la moda mediante el uso de chupetes, zapatos de estilo Mary Jane, osos de peluche, o vestidos con volantes, sin obviar la existencia de diferentes subtipos como el gosurori o el amarori.
También puede apreciarse la creación de espacios seguros para escapar de la vida diaria, objetivo que, por desgracia, no ha llegado a materializarse del todo debido a la fetichización de la kawaisa por parte de los consumidores del anime erótico o hentai, que abordaremos con mayor detalle a lo largo del artículo.
Lo cierto es que, en un país donde la violencia sexual rara vez es concebida como un problema, se fomenta la toma de posturas de resignación y silencio1 ante la injusticia.
“Aunque violar no constituya una conducta caballerosa, tampoco es tan malo si se practica sobre mujeres jóvenes cuyos estándares morales hayan decaído de alguna manera”
Miura Shumon, director de la Oficina de Asuntos Culturales del Ministerio de Educación, 1985
Destaca, por ejemplo, el sentimiento de vergüenza – haji –, la voluntad de proteger a amigos, superiores, o familiares culpables de actos de agresión similares, o incluso la amenaza de ser descartada/o de la comunidad2 – mura hachibu –, como tres de los principales inhibidores frente a la posibilidad de denunciar la propia victimización3.
Consecuentemente, son altos los riesgos que corre la población femenina al expresar su individualidad sin tomar en consideración la capacidad del machismo cultural para permear sus vidas: “los hombres miran a las mujeres; ellas se ven siendo observadas” (2015, Savage).
Hay quien considera que Japón va con dos décadas de retraso respecto a otros países desarrollados en lo que respecta al apoyo que se ofrece a las víctimas, algo que sólo comenzó a generar mayor preocupación a partir del terremoto de Kobe y el ataque de gas sarín en el metro de Tokio, perpetrado por el culto religioso Aum Shinrikyō en 1995.
No obstante, sufrir colectivamente el trauma derivado de la experiencia de una catástrofe natural4, o de un delito de terrorismo, no parece haberse traducido del todo en una mayor conciencia social acerca de realidades que sí forman parte del día a día de los japoneses, como el chikan (痴漢–ちかん).
De hecho, algunas encuestas estiman que el frotismo en espacios públicos ha afectado en torno al 60 o 70% de las mujeres residentes en la capital, si bien sólo un 5% llegó a ponerlo en conocimiento de las autoridades. Ahora bien, no debería sorprendernos que las más susceptibles a padecerlo sean, precisamente, las estudiantes de bachillerato (o 高校生 – kōkōsei).
En este sentido, deberíamos tener en cuenta el papel que ha jugado la mercantilización del mito evanescente 少女 – shōjo (en español, chica joven), del que se han servido las empresas para popularizar la idea de que la ilusión de belleza y juventud que emana de la representación de figuras femeninas en la cultura de masas se encuentra al alcance de la mano del consumidor.
Esto no sólo puede comprobarse en el manga y el anime, sino también a través de series de televisión (dorama) 5, las novelas6, el cine, los videojuegos, o la música, además de otros formatos, como las dakimakura, las love dolls7 y, en última instancia, las muñecas de carne y hueso.
Muchas, además, temen encontrarse en imágenes tomadas sin permiso de páginas web dedicadas a sexualizar sus cuerpos, lo que constituye una inquietud razonable, teniendo en cuenta que ello no deja de ser parte de un fenómeno más amplio: el rorikon (abreviatura de lolita complex), que ha recibido la denominación de pornografía infantil virtual en virtud de la clase de escenas que en él se ilustran como parte de frecuentes rape fantasies.
La popularización de este término se remonta a inicios de la década de los ochenta, cuando algunas revistas japonesas comienzan a comercializar números compuestos por retratos de niñas sin ropa, artículos centrados en alabar el supuesto atractivo o encanto de las mismas, e incluso instantáneas enviadas por sus propios lectores.
Su posterior censura llevó a las productoras de anime a encontrar un nicho de mercado cuyo éxito y rentabilidad dependía directamente de la erotización de la feminidad (shōjosei) y monería (可愛さ – kawaisa) que referimos al principio. El debate que ha surgido al respecto tanto fuera como dentro de Japón es, ni qué decir tiene, complejo.
Uno de los argumentos más empleados por el sector contrario a la censura del subgénero ya referido se centra en la cuestión de la vulneración del derecho fundamental a la libertad de expresión, consagrado en el art. 219 de la Constitución de 1947.
El problema, en cualquier caso, es que ese derecho no es absoluto, ni en Japón ni en ninguna parte, lo que queda evidenciado por las restricciones que ya se vienen aplicando a los discursos de odio, a la publicidad engañosa, o a la difusión de secretos de Estado, por poner algunos ejemplos.
En otras palabras, se entiende que, frente a un conflicto entre derechos, deberá prevalecer aquel que garantice la protección de los intereses del mayor número de ciudadanos posible (como, en este caso, el orden público, que constituye un bien jurídico supraindividual)10.
Los partidarios de la pederastia pictórica aluden, asimismo, a la naturaleza artística del rorikon, algo que académicos como Chris Mathews (2011) han sabido poner en evidencia al argüir que, en realidad, este tipo de obras suelen dibujarse y reproducirse rápida y masivamente, empleando materiales de baja calidad.
Además, su contenido tiende a ser genérico y repetitivo, requiriendo un grado mínimo de inventiva para avanzar hacia el objetivo final que justifica su creación: activar la líbido del lector a costa de la infancia — a día de hoy, las restricciones por edad sobre la adquisición de estos productos no se encuentran implementadas en todo Japón, como consecuencia de la controversia que aún suscita plantear su prohibición al público general —.
Si bien reconocemos que dichas historietas no requieren la participación de menores y, por tanto, se podría considerar que los abusos delineados en sus páginas quedan limitados al universo imaginario creado por sus autores, no sería razonable obviar el vínculo que diversos estudios han descubierto entre este tipo de consumo audiovisual y el deseo de trasladar a la realidad tales escenas cuando se adquiere una mayor tolerancia a las mismas.
Así, quienes a priori se contentan con mirar pornografía legal de mujeres mayores de 18 años con apariencia aniñada12, al cabo de un tiempo van en búsqueda de desnudos artísticos de menores realizados por fotógrafos profesionales, hasta llegar a sitios web ilegales de pornografía infantil, algo que ha quedado patente en los resultados de numerosas investigaciones policiales.
Un caso destacado lo constituye el de Tsutomu Miyazaki (apodado por los medios como El Asesino Otaku), un hombre de 27 años que entre agosto de 1988 y junio de 1989 secuestró y asesinó a cuatro niñas de entre cuatro y siete años de edad, sumado a otros cargos adicionales de “actos indecentes” perpetrados contra otra justo antes de ser arrestado.
Todo ello menos de un lustro después de comenzar a consumir el contenido referido: no sólo contaba en su hard drive con cortos que grabó de sus víctimas, sino con alrededor de 6.000 vídeos de anime rorikon y gore.
¿Quiere ello decir que la ficción conduce necesariamente a la comisión de crímenes? Evidentemente no, ya que la decisión que los precede queda determinada por múltiples factores sociales, individuales y ambientales, y no hay uno sólo al que se puedan atribuir.
Con todo, hemos de admitir que, si las imágenes carecieran por completo de capacidad para influir en la conducta de los consumidores, la industria de la publicidad no sería multimillonaria.
Con el paso del tiempo el pánico moral inicial ha devenido en complacencia, y Japón, contraviniendo los deseos de organizaciones internacionales como las Naciones Unidas13 14, continúa sin incluir los cómics y animaciones en su legislación sobre la pornografía infantil, mientras los tabúes en torno a su consumo van cayendo poco a poco, con lo que ello implica a nivel macrosocial y económico15.
En definitiva, tratar de convencerse de que esta clase de producto resulta completamente benigno e intrascendente supondría, como mínimo, pecar de ingenuidad, aunque entendemos que los esfuerzos realizados por el Cool Japan para proyectar internacionalmente una imagen de liberalismo y prosperidad cultural16 hayan podido contribuir a blanquear dicha problemática, impidiendo el desarrollo de una visión crítica general en torno a ella.
Sea como sea, confiamos en que poco a poco la sociedad, en su conjunto, adquiera una mayor conciencia y sensibilización, para que esté en condiciones de proteger colectivamente a sus sectores más vulnerables frente a todo tipo de discursos y prácticas deshumanizantes.
1 En japonés, kakusareta higaisha (literalmente, víctimas escondidas) refiere la cifra negra del delito, lo que implica que no se sabe con exactitud cuántas mujeres han sufrido abusos o agresiones sexuales, entre otras vejaciones, ni a manos de quién, ya que aún no se cuenta allí con una encuesta nacional de victimización. Todo ello puede contribuir a ofrecer una imagen distorsionada de seguridad ciudadana que no se corresponde con la realidad.
2 Ello se debe a que, por lo general, la sociedad japonesa no tolera demasiado bien que las mujeres víctimas reaccionen agresiva o asertivamente frente a sus asaltantes, reafirmando sus derechos o mostrando ira de cualquier tipo. En cambio, se espera que sean pacientes, pasivas, y que supriman sus emociones, lo que también dificulta una total recuperación postdelictual.
3 Para más información, se recomienda consultar: Dussich, J., Fujiwara, Y., & Sagisaka, A. (1996). Decisions not to report sexual assault in Japan. In AIC Conference Proceedings (pp. 35-40). Australian Institute of Criminology.
4 Algo que tampoco parece disuadir a ciertas personas de abusar sexualmente de mujeres y niñas/os en situaciones de vulnerabilidad, o aprovechar este tipo de eventos para restaurar relaciones rotas a causa de una previa incidencia de violencia doméstica, como demuestra este estudio: Yoshihama, M., Yunomae, T., Tsuge, A., Ikeda, K., & Masai, R. (2019). Violence against women and children following the 2011 Great East Japan Disaster: Making the invisible visible through research. Violence against women, 25(7), 862-881.
5 Que muy a menudo se centran en relatar algún aspecto de la vida de estudiantes de secundaria, haciendo especial hincapié en el diseño de los uniformes, así como en sus “primeras veces” (sobre todo, en lo relativo al amor); basta con realizar una búsqueda rápida en Google.
6 Destaca, por ejemplo, el pasaje sobre el intento de violación y posterior asesinato de una niña (referida como chibi, de cara a remarcar su impotencia e inferioridad física) perpetrados por uno de los protagonistas, Takashi, en “El grito silencioso” de Kenzaburō Ōe (1967), si bien en principio la intención del autor habría sido retratar un crudo descenso a los infiernos, de modo que no tiene por qué interpretarse como una justificación de tales actos en la ficción: Kenzaburo Oé: “El grito silencioso” y “Cartas a los años de nostalgia” | ctxt.es.
7 Puesto que desarrollar esta cuestión requeriría la redacción de un artículo aparte y no contamos con el espacio adecuado para ello, se recomienda encarecidamente la lectura de: Giard, A. (2018). Duplicates of minors sold as “Love Dolls”: disturbance in sexual representation. Hybrid. Revue des arts et médiations humaines, (04).
8 Como el East Japan Railway (JR East) o el Metro de Tokio.
9 “Se garantiza la libertad de reunión y asociación, de palabra y de prensa, como también toda otra forma de expresión. No se mantendrá censura alguna ni se violará el secreto de ningún medio de comunicación”.
10 Supuesto al que se hace referencia en la misma norma suprema: “la libertad y los derechos garantizados al pueblo por la Constitución serán mantenidos con el constante empeño del mismo, quien a su vez evitará todo abuso de estas libertades y derechos y será responsable de su utilización en favor del bienestar público” (art. 12).
11 “El que distribuya, venda o exhiba en público un documento, dibujo u otros objetos obscenos será castigado con prisión, con trabajo por no más de 2 años, una multa de no más de 2,500,000 yenes, o una multa menor. Lo mismo se aplicará a quien lo posea para su venta.”
12 Cuya creciente disponibilidad ya de por sí contribuyó a que entre 1986 y 2003 aumentaran las sanciones ya no sólo del delito tipificado en el art. 175, sino también de los siguientes —hasta el art. 179— en un 338%, como demuestran las estadísticas oficiales y las encuestas realizadas a sus respectivos infractores en universidades japonesas. Para saber más, se recomienda consultar: Shibata, T. (2008). “Pornography», Sexual Objectification and Sexual Violence in Japan and in the World. Centre for East and South-East Asian Studies, Lund University.
13 A pesar de haber ratificado años atrás la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989.
14 Aunque también se denuncia la inadecuación de las medidas tomadas por Japón para prevenir e intervenir en situaciones de abuso infantil físico y emocional. Para saber más: Kitamura, T., Kijima, N., Iwata, N., Senda, Y., Takahashi, K., & Hayashi, I. (1999). Frequencies of child abuse in Japan: Hidden but prevalent crime. International Journal of Offender Therapy and Comparative Criminology, 43(1), 21-33.
15 Algunos estudios también vinculan este fenómeno con el incremento de la trata infantil. Para saber más: https://www.state.gov/reports/2020-trafficking-in-persons-report/japan/
16 A este respecto, se recomienda leer: Miller, L. (2011). Cute masquerade and the pimping of Japan. International Journal of Japanese Sociology, 20(1), 18-29.
Dussich, J., Fujiwara, Y., & Sagisaka, A. (1996). Decisions not to report sexual assault in Japan. In AIC Conference Proceedings (pp. 35-40). Australian Institute of Criminology.
Kitamura, T., Kijima, N., Iwata, N., Senda, Y., Takahashi, K., & Hayashi, I. (1999). Frequencies of child abuse in Japan: Hidden but prevalent crime. International Journal of Offender Therapy and Comparative Criminology, 43(1), 21-33.
Konishi, T. (2000). Cultural aspects of violence against women in Japan. The Lancet, 355(9217), 1810.
Mathews, C. (2011). Manga, virtual child pornography, and censorship in Japan. Applied Ethics, 165.
Savage, S. L. (2015). Just looking: Tantalization, lolicon, and virtual girls. Visual Culture & Gender, 10, 37-46.
Shibata, T. (2008). «Pornography», Sexual Objectification and Sexual Violence in Japan and in the World. Centre for East and South-East Asian Studies, Lund University.