En la primera parte del presente artículo, expusimos, a modo de introducción, la relación entre la desigualdad de género y la institucionalización de la doctrina confuciana en la China imperial —remontándonos concretamente a la última de sus dinastías—.
También se presentaron algunos de los hitos que condujeron a la victoria de la Revolución Comunista de 1949, y los fundamentos de la teoría feminista de He-Yin Zhen, precursora de las reformas y transformaciones favorables a las mujeres que tendrían lugar más tarde en la República Popular a nivel jurídico, social y económico.
El siguiente paso sería, pues, realizar un repaso de la evolución legislativa de estos derechos con el propósito de analizar si, a lo largo de las últimas décadas, las aspiraciones y expectativas iniciales se han visto satisfechas.
Ya en septiembre de 1948, incluso antes del establecimiento del nuevo Estado y la promulgación de la norma fundamental, la Federación Nacional de Mujeres de China había tomado la iniciativa de redactar el borrador de un texto legal que posteriormente se conocería como Ley de Matrimonio.
Con esta novedad legislativa de 1950, que confirió a las mujeres libertad para divorciarse1 y elevó su edad permitida para casarse hasta los veinte años, junto a la Ley de Reforma Agraria (gracias a la cual las mujeres contaban por fin con la posibilidad de heredar o disponer de propiedades), se pretendió subvertir el orden feudal a nivel tanto infraestructural (o económico) como superestructural (o jurídico-político e ideológico).
Pues bien, durante la I Sesión de la Asamblea Nacional de los Representantes del Pueblo de China, se adopta la Constitución de 1954, en cuyo art. 96 se proclama la igualdad de derechos de hombres y mujeres en todas las esferas de la vida política, económica, cultural, social, y familiar, además de garantizar la protección por parte del Estado del matrimonio, la familia, la maternidad, y la infancia.
Con ello se pretendía dar un nuevo paso hacia el cumplimiento de los objetivos propuestos colectivamente para la consecución de la emancipación femenina, como, por ejemplo, socializar las labores domésticas y la crianza de los hijos, fomentar la participación femenina en la actividad productiva —concediéndoles una mayor independencia a través del trabajo asalariado—, y, más tarde, abolir la propiedad privada, hasta entonces de disfrute exclusivamente masculino.
Desgraciadamente, las inercias sociales de la época seguían lastrando el proceso revolucionario; aún se seguían celebrando enlaces concertados (ahora proscritos por el Derecho), la práctica de los pies vendados o pies de loto, o la predilección por los descendientes varones, que, sobre todo en las zonas rurales, ha venido históricamente acompañada por la comisión de infanticidios por razón de sexo.
Esta ralentización se mantuvo, al menos, hasta finales de los años sesenta y mediados de los setenta, cuando tanto el feminismo como el socialismo de características chinas alcanzaron un nuevo estadio de desarrollo bajo las directrices políticas de Mao Zedong, quien consideraba que las mujeres sostenían la mitad del firmamento.
El pueblo chino fue testigo, durante la década de los ochenta, de una etapa de reformismo económico y político con la que Deng Xiaoping pretendía liberalizar el mercado, por un lado, y occidentalizar el ordenamiento jurídico por medio de una mayor alusión a los derechos individuales de primera generación, por otro.
En este sentido, la producción legislativa es extensa: en 1982, la Asamblea Popular Nacional promulga una nueva Constitución, donde se hace referencia expresa al programa de planificación familiar (art. 25), al principio de igualdad retributiva y de selección de mandos políticos (art. 48), y a la prohibición del maltrato de mujeres, ancianos/as, y niños/as.
Asimismo, el capítulo IV del Código Penal de 19792, dedicado a los delitos de vulneración de los derechos de la persona y los derechos democráticos de los ciudadanos, tipifica las violaciones, los actos indecentes e insultos contra mujeres o niños/as, la venta y compra de personas, la obstrucción de operaciones de rescate de víctimas afectadas por las circunstancias anteriormente descritas, el maltrato, y, curiosamente, el empleo de la superstición para abusar sexualmente de una mujer en un contexto religioso.
Sucesivamente, entran en vigor una nueva Ley de Matrimonio (1980), que sería enmendada en 2001 y 2011; una Ley de Sucesiones (1985); y una Ley de Adopción (1991), todas ellas fruto de la voluntad de zanjar cuestiones aún sumamente controvertidas para la sociedad china contemporánea. Asimismo, contamos con otros textos legales, como la Ley de Protección de los Derechos e Intereses de las Mujeres de 1992, o la Ley de Violencia Doméstica de 2015.
Éstas, inspiradas por las peticiones formuladas por el movimiento feminista transnacional, y considerando las lecciones aprendidas en materia de derechos humanos a partir de la celebración de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer de 1995 en Pekín3, tratan de ofrecer un mayor respaldo jurídico a las víctimas de discriminación o violencia machista en la República Popular, además de hacer hincapié en la importancia de adquirir un sentido colectivo de la responsabilidad ante tales situaciones, a fin de hacerlas trascender la esfera privada y lograr concienciar a toda la comunidad.
A pesar de todo, algunas de las medidas adoptadas en las últimas décadas no parecen haber producido los efectos deseados, y a menudo se critica su formulación en términos paternalistas.
En definitiva, consideramos que, tras una primera etapa de grandes transformaciones (inaugurada con la Constitución de 1954), a la larga los esfuerzos por erradicar la mentalidad patriarcal de tintes confucianos han resultado ser insuficientes (como en el resto de países, España entre ellos), y queda un largo camino por recorrer.
No obstante, guardamos la esperanza de que, paulatinamente, la igualdad reconocida formalmente en cada ordenamiento jurídico deje paso a la equidad material en todas sus vertientes, brindándonos la oportunidad de ejercer nuestros legítimos derechos sin temor a sufrir represalias en ningún ámbito de nuestras vidas, aquí y en cualquier parte.
1 Si bien inicialmente se había planteado la posibilidad de restringir los supuestos en los que podría tener lugar esta ruptura, pues algunas oficiales del comité creían que los hombres del PCC aprovecharían para abandonar a sus esposas y contraer matrimonio con jóvenes de las zonas urbanas; no obstante, pronto se desechó la idea, pues consideraron que debía primar el interés de la gran mayoría de mujeres, que residían en el campo en condiciones lamentables a causa de sus maridos.
2 Revisado en 1997
3 Para saber más, ver: Kaufman, J. (2012). The global women’s movement and Chinese women’s rights. Journal of Contemporary China, 21(76), 585-602.
CEDAW. Recomendación general nº 19 sobre violencia contra las mujeres. Recuperado de: https://tbinternet.ohchr.org/Treaties/CEDAW/Shared%20Documents/CHN/INT_CEDAW_NGO_CHN_18139_E.pdf.
Kaufman, J. (2012). The global women’s movement and Chinese women’s rights. Journal of Contemporary China, 21(76), 585-602.
Mateo, J. E. B. Legislación sobre Matrimonio y Familia en la República Popular de China (RPC).
Staiano, M. F. La condición de la mujer en la China de hoy: entre tradiciones y desafíos.
Wang, Z. (2017). Finding women in the state: A socialist feminist revolution in the People’s Republic of China, 1949-1964. University of California Press.
Zhou, J. (2003). Keys to women’s liberation in Communist China: An historical overview. Journal of International Women’s Studies, 5(1), 67-77.